Nueva Regulación municipal sobre la VENTA AMBULANTE y los MERCADILLOS
El Alcalde – Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alpujarra de la Sierra, José Antonio Gómez Gómez, de conformidad con el artículo 21.1 de la Ley 7/85, y el artículo 41.13, aprobado por Real Decreto 2568/1986, ante el escenario actual del control de la Pandemia por COVID-19, y con el fin de garantizar la seguridad de los ciudadanos en este municipio,
HACE SABER:
Que, por Resolución de Alcaldía de fecha 14 de agosto de 2020, la regulación municipal sobre la VENTA AMBULANTE y los MERCADILLOS es la siguiente:
- Los únicos días y lugares autorizados para realizar este tipo de actividades son:[br]
- MECINA BOMBARÓN: Días 2 y 17 de cada mes. En la Plaza Nueva, y en la Calle de subida hasta la Iglesia.
- YEGEN: Días 6 y 21 de cada mes. En la Plaza de La Constitución.
[br]
- Estarán excluidas de esta norma, la venta de pan y de pescado.[br]
- Queda terminantemente prohibida la ocupación de la calzada y de las aceras.[br]
- En todo momento, todos los vendedores deberán cumplir estrictamente la normativa vigente en materia de prevención sanitaria y salud pública (aforo máximo de 10 personas por puesto, separadas entre sí un mínimo de 1,5 m, utilización obligatoria de mascarilla, uso obligatorio de guantes desechables si se tocan los productos, tener gel hidroalcohólico disponible, etc.) facilitando así que también puedan cumplir esta normativa sus clientes.[br]
- El incumplimiento de esta Resolución, dará lugar a la apertura del correspondiente expediente administrativo.[br]
En Mecina Bombarón, a 14 de Agosto de 2020.
2020_08_14 EDICTO Venta Ambulante (1) (1) (1)
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