Saltar al contenido Saltar a la navegación principal Saltar al pie de página

Selección de un socorrista para la piscina municipal – Verano 2016

EDICTO

Del 17 al 27 de mayo de 2016. Selección para cubrir la plaza de socorrista de la piscina municipal de alpujarra de la sierra.

 En el citado plazo podrán presentar la solicitud todos los interesados.

 

Descargar PDF Solicitud SOCORRISTA PISCINA ALPUJARRA-DE-LA-SIERRA 2016 (40kb)(Descargado 671 veces)

 

BASES PARA LA SELECCIÓN DE UN SOCORRISTA  PARA LA  PISCINA MUNICIPAL  DE ALPUJARRA DE LA SIERRA TEMPORADA ESTIVAL 2016

1.- OBJETO.- Es objeto de las presentes Bases la regulación del procedimiento para la selección de un Socorrista  para la  piscina  municipal   de Alpujarra de la Sierra para la temporada de verano de 2016.  .

2.- CENTRO DE TRABAJO.- Estará ubicado en las instalaciones de la piscina  Municipal   de Alpujarra de la Sierra.

3.- FUNCIONES.- Las funciones del socorrista  serán las propias de seguridad, prevención y salvamento acuático y la de velar por el uso adecuado de las piscinas. Se concretan en:

– Velar en todo momento por la seguridad de los usuarios de la piscina.

– Salvamento y aplicación de primeros auxilios en caso de accidente, responsabilizándose del mantenimiento completo y en perfectas condiciones del botiquín de la  Piscina.

– Encargarse del establecimiento y del mantenimiento de la vigilancia en el vaso de la piscina y de las condiciones de seguridad e higiene en el recinto de la misma, tanto dentro como fuera del vaso, como medidas de prevención de accidentes y enfermedades.

– Cuidar que el comportamiento de los bañistas, tanto en el vaso como en el césped, se ajuste a lo dispuesto en la normativa sanitaria vigente y al reglamento de la instalación.

– Realizar el mantenimiento y control químico del agua.

– Mantener limpio los vasos y playas de la piscina durante el horario de apertura al público de las mismas.

– Registrar las anotaciones y el control oportuno en los libros de registro necesarios.

– Y cuantas otras funciones relacionadas con su puesto de trabajo, le sean encomendadas por los Órganos Municipales competentes.

4.- TIPO Y CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.-

Con las personas seleccionadas se suscribirá un contrato laboral de carácter temporal de obra o servicio, a tiempo completo.

  1. a) La duración del contrato será la siguiente: del 1 de julio al 31 de agosto de 2016 

5.- REMUNERACIONES.- El sueldo bruto mensual será de  :    1.350 €  euros

6.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.-

Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias:

– Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país de la Unión Europea o de otro estado en los términos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico de la Función Pública.

– Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

– Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

– Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:

  1. a) Socorrista acuático, expedido por la Federaciones Española o Federaciones autonómicas de salvamento y socorrismo.
  1. b) Socorrista y primeros auxilios expedido por la Cruz Roja Española.
  1. c) Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas, (TAFAD) expedido por la Administración educativa.

En los apartados a) y b), se requerirá que el título esté debidamente actualizado reciclado.

-Asimismo deberán acreditar la titulación mínima de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

– No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

– No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, con arreglo a la legislación vigente en el momento. Este requisito se entiende que ha de ir referido a la fecha de la toma de posesión, en su caso.

No se admitirá documentación alguna que se presente una vez expirado el plazo para la presentación de instancias.

7.- INSTANCIAS.-

Quienes deseen participar en las pruebas selectivas deberán solicitarlo mediante instancia que se dirigirá a la Alcaldía del Ayuntamiento de Alpujarra de la Sierra y durante el plazo de 10 días contados a partir del siguiente a la publicación de las bases de la convocatoria en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Alpujarra de la Sierra (sin perjuicio de su máxima difusión a través de las Instituciones colaboradoras).

En las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, y se presentarán en el Registro General ( Plaza Nueva ,nº 1 de Mecina Bombarón ),  hasta las 14 horas del día 27 de mayo de 2016.

A la instancia deberá acompañarse fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad y de la titulación exigida.

Además, se deberán unir todos los documentos necesarios que, de forma oficial, acrediten reunir los méritos alegados.

No se admitirá documentación alguna que se presente una vez expirado el plazo para la presentación de instancias.

 8.- ADMISION DE LOS ASPIRANTES.-

 Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia de la Corporación aprobará la Lista Provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, la cual se hará publica, junto con la composición del Tribunal calificador y el lugar, fecha y hora de comienzo del proceso selectivo en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días a efectos de posibles reclamaciones o subsanación de deficiencias, siendo esta publicación la determinante para el inicio de los plazos  a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

No serán subsanables las solicitudes y documentación complementaria que se presenten fuera del plazo establecido en la base anterior.

Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la Lista Definitiva de aspirantes, la cual se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.

La lista provisional de admitidos y excluidos se entenderá elevada a definitiva, sin necesidad de nueva publicación, en el supuesto de que no se formulen reclamaciones.

9.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.- Mediante anuncios en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento y página web www.alpujarradelasierra.es

10.- TRIBUNAL DE VALORACIÓN.-

  El Alcalde designará TRIBUNAL DE VALORACIÓN, mediante Resolución  integrado por los siguientes miembros:

* Presidente: Un empleado público de la misma o superior categoría que se selecciona, designado por Alcaldía.

*Vocales:

− Cuatro empleados públicos, de la misma o de superior categoría a la que se selecciona, designados por la Alcaldía.

  • Secretario: El Secretario General del Ayuntamiento de Alpujarra de la Sierra, o funcionario en quien delegue .

El TRIBUNAL DE VALORACIÓN  no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la  mitad de sus integrantes, titulares o suplentes, de modo indistinto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte de los mismos y de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de noviembre. Asimismo los aspirantes podrán recusarlos.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, a excepción del Secretario, que tendrá solamente voz. El Tribunal estará integrado además con los respectivos suplentes, no pudiendo constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos tres de sus miembros, titulares o suplentes.

El Tribunal queda facultado para resolver las incidencias que se produzcan en el desarrollo de las pruebas y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en lo no previsto en estas bases.

11.- COMIENZO Y DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO.-

El orden en el que habrán de actuar los aspirantes será determinado por el Tribunal.

Si en cualquier momento del proceso de selección, llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de los interesados, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión al concurso-oposición.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

12.- PROCEDIMIENTO DE SELECCION Y CALIFICACIÓN.-

SELECCIÓN:

Se llevará a cabo mediante una valoración de méritos y una entrevista personal.

Valoración de méritos:

Se valorarán los siguientes méritos: Por haber desempañado puestos de Socorrista, 0,10 puntos por cada mes de trabajo, hasta un máximo de 5 puntos. (Los períodos de tiempo superiores a quince días y que no alcancen los treinta, días se computarán como mes completo. En caso contrario, no se computarán).

La experiencia en cualquier Administración Pública deberá acreditarse mediante certificación de la Administración correspondiente en la que se deberá hacer constar los meses y días de trabajo así como el puesto que desempeñó.

La experiencia en empresas privadas se acreditará mediante fotocopia compulsada del contrato de trabajo y prórrogas, si las hubiere, e informe de vida laboral.)

Entrevista:  Seguidamente se realizará una entrevista personal que tendrá carácter eliminatorio y cuya valoración será de hasta 5 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 2,5 puntos para superarla.

CALIFICACIÓN: La fase de concurso será previa, y no tendrá carácter eliminatorio. La

calificación de la entrevista se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones otorgadas por cada uno de los miembros del Tribunal que tenga voto, dividiendo el total por el número de asistentes. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la entrevista.

13.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO, PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y TOMA DE POSESION:

  1. a) Propuesta de nombramiento.- Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal

publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, precisándose que los aspirantes

seleccionados serán aquellos que hayan obtenido la puntuación más alta, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y sin que quepa asignar, en ningún caso, la calificación de aprobado sin plaza u otra semejante, elevando dicha relación a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación para que formule la correspondiente propuesta de nombramiento.

  1. b) Presentación de documentos.- Los aspirantes propuestos para su nombramiento presentarán en la Secretaría del Ayuntamiento de Alpujarra de la Sierra los documentos siguientes:

– Declaración jurada o promesa de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.

– Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de alguna de las Administraciones Públicas, ni estar inhabilitado o suspendido para el ejercicio de funciones públicas.

– Certificado médico que acredite no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico, que le impida o sea incompatible con el normal ejercicio de las funciones.

– Si se ha aportado el título señalado en la Base 6ª a), documento que acredite que la licencia federativa esté actualizada para 2015

  1. c) Toma de posesión.- Si dentro del plazo indicado y salvo causa de fuerza mayor los aspirantes propuestos no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos en estas bases, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas las actuaciones, y sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el proceso selectivo.

En todo caso, efectuado el nombramiento por la Alcaldía- Presidencia, el aspirante nombrado deberá tomar posesión de su cargo el día 1 de julio de 2016, fecha en que está prevista la apertura de la piscina, formalizándose el contrato laboral. Si no se tomara posesión para la fecha indicada, sin causa justificada, se entenderá que renuncian a la plaza.

Se formará una Bolsa de empleo   con los candidato/as analizado/as por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo realizado. Esta Bolsa podrá utilizarse por el Ayuntamiento en caso de que el/la candidato/a seleccionado/a finalmente decida no incorporarse .

14.- RECURSOS.- La presente convocatoria unitaria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

 DILIGENCIA.- La extiendo yo, el Secretario, para hacer constar que las presentes bases

han sido aprobadas por Decreto de la Alcaldía de 16 de mayo de 2016

Alpujarra de la Sierra, 16 de mayo de 2016.

 

EL SECRETARIO-INTERVENTOR

Fdo: José Vicente Oliver Fernández

0 Comentarios

No hay comentarios aún

Deja un comentario

Volver arriba